07 marzo 2026

Igual ¿falta a la verdad?: ¿el ayuntamiento es responsable de la seguridad?


Igual defiende que el mantenimiento de la pasarela de El Bocal corresponde a Costas...(enlace al artículo). Pero no dice nada de la obligación de los ayuntamientos de velar por la seguridad en la vía pública, incluso ante riesgos generados por obras que no son de su titularidad. 
Esto se fundamenta principalmente en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local (LRBRL) y en la doctrina sobre la Responsabilidad Patrimonial de la Administración.

*Marco Legal Principal Ley 7/1985 (LRBRL): El artículo 25.2.b) atribuye al municipio competencias propias en materia de "medio ambiente urbano", "infraestructura viaria" y otros servicios relacionados con el uso de las vías públicas. 

*Ley Orgánica 4/2015 de Protección de la Seguridad Ciudadana: Faculta a las autoridades locales para dictar órdenes y prohibiciones necesarias para garantizar la seguridad de las personas y bienes en espacios públicos. 

¿Por qué responde el Ayuntamiento de obras ajenas?
Aunque la obra sea de otra administración (ej. Comunidad Autónoma) o de una empresa privada, el ayuntamiento tiene un deber de policía y vigilancia sobre su propio dominio público. La jurisprudencia señala que: Poder de Policía: El ayuntamiento debe vigilar cualquier actividad que afecte a la seguridad del tránsito peatonal o rodado en su término municipal.

*Responsabilidad Patrimonial (Ley 40/2015): Los artículos 32 y siguientes establecen que las administraciones deben indemnizar por daños causados por el "funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos". La falta de señalización de un peligro en la calle se considera un funcionamiento anormal del servicio de vigilancia y mantenimiento.

*Responsabilidad Solidaria: En caso de accidente en una obra mal señalizada, el ciudadano puede reclamar al ayuntamiento por su "culpa in vigilando" (omisión del deber de vigilancia), sin perjuicio de que el consistorio luego reclame al verdadero titular de la obra. 

*Control de Actividades: Incluso si el contratista es el responsable directo de la ejecución de la obra, el ayuntamiento tiene el deber de inspección y control, debiendo exigir la subsanación de situaciones de riesgo.

*Costas (Ministerio), al ser titulares de la obra, serán responsables en lo que indique la jueza. Pero no son los únicos: el ayuntamiento ha dejado de hacer protección a su ciudadania y a quienes nos visitan. La actitud y declaraciones de la alcaldesa, obviando esta responsabilidad, dado ademas lo dramático del accidente, nos indignan. Por eso pedimos su dimisión. 

*Anexos: (orden cronológico)

* El plan aprobado de reversión señalaba la pasarela como peligrosa
*El Ayuntamiento publicita en su web la senda como paseo para el turismo sin avisar de los riesgos. 

*Santander promocionó en febrero del 2026, en FITUR, la playa de El Bocal donde murieron 6 jóvenes: la pasarela se pudo desmontar desde 2016. En El Español,
Enlace
*9/03/26: Silvia Ayestarán lo resume claro, conciso e inapelable en cartas al director del D. Montañes:
*el Faradio: el malestar por los problemas de mantenimiento en Santander.... Incluye el enlace para la recogida de firmas pidiendo la dimisión de Igual.
*Si estas de acuerdo, firma y comparte. 
https://www.change.org/p/solicitar-la-dimisi%C3%B3n-de-la-alcaldesa-gema-igual  
*Se explica en RNE: 16/03/26 enlace al audio.                          






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